Publicado por: Unknown
En 21 abril 2012
Ayer el ministerio del interior avanzaba más datos sobre la
reforma penal que se plantea. ¿Cómo afectará a los ciudadanos?¿Qué será ilegal
y cuáles serán las penas?
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| Policías en una manifestación en Barcelona/Foto: tetegil |
El 11 de abril se daban las primeras aproximaciones de la
reforma del código penal que castigará más duramente la alteración del orden
público. A raíz de la huelga general el ministro del Interior, Jorge Fernández
Díaz, avanzaba que se calificarían de “delito de integración en banda criminal”
los actos o convocatorias que pudieran alterar gravemente el orden público.
Ayer se ampliaban datos, y se podía saber que los partidos en que alguno de sus
afiliados altere el orden público serán castigados.
Durante estos días se han concretado además las formas en
las que se podrían penalizar los actos de vandalismo callejero, es decir, desde
destrozos a pintadas reivindicativas. Que pasarán a condenarse con un mínimo de
2 años de prisión. Además no solo será condenable el acto en sí, si no la
convocatoria. Es decir, si una persona realiza una convocatoria a un acto que
finalmente altere el orden público, también consumaría el mismo tipo de delito.
El secretario de estado de seguridad ampliaba ayer más datos
sobre el punto más polémico de la reforma, la resistencia pasiva. En
declaraciones a ABC Punto radio el secretario decía de forma literal que se
estaba hablando de “la gente que se encadena, que se agarran unos a otros”.
Unas palabras que interpretadas de una forma literal dan a entender que serán
consideradas como delitos las llamadas “sentadas” de protesta. Aunque tanto el
secretario como el ministro han aclarado en sus intervenciones que, no serán
castigada de la misma manera que el vandalismo.
Una serie de nuevos delitos, o endurecimiento de los mismos,
que están contextualizados en el auge de uno de los movimientos sociales que
más gente ha congregado en la calle en los últimos años, el 15M. Sin embargo,
no sería el único afectado de estas reformas.
Según las palabras de los miembros del gobiernos desde el
día 11, cuando el ministro Fernández Díaz anunciara la reforma, se ha dejado
claro que el vandalismo callejero incurrirá en delito de pertenencia a banda
armada. ¿Qué ejemplos de actos de este tipo hemos visto en los últimos tiempos?
La jornada de huelga general del 29 de marzo acabó con varios detenidos por
la quema de contenedores, lanzamiento de objetos a la policía y diferentes
actos realizados principalmente por grupos de anti-sistema. Con la nueva ley
los detenidos en la manifestación se enfrentarían a un mínimo de 2 años de cárcel.
Sin embargo falta por aclarar un tema fundamental. Si se
considerara a la manifestación de la huelga culpable de los disturbios (las
palabras del ministro no son claras al respecto), incurrirían en el delito de
pertenencia a banda criminal todos los convocantes de dicha manifestación,
incluso sus participantes.
Los piquetes
informativos
Las palabras del ministro el día 11 en el congreso fueron claras: “También
pretendemos incluir como delitos de desórdenes públicos los supuestos en los
que se penetre en establecimientos públicos o se obstaculice el acceso”. Es
decir, la participación en piquetes durante una huelga, según se da a entender,
podrían estar castigados con la misma pena. Mínimo 2 años de cárcel.
Graffitis Protesta
Al igual que se penalizan en Euskadi como Kale Borroka las pintadas reivindicativas en lugares no
autorizados, es decir cualquier pared no habilitada para tal efecto, la nueva
ley penalizara a quienes realicen uno de estos actos con la misma pena. Mínimo 2
años de cárcel.
La protesta pasiva
Las palabras pronunciadas ayer por el secretario de estado son claras.
Parece que la nueva ley podría penalizar las sentadas, e interrupciones no autorizadas
del normal orden público. ¿Qué tipos de este nuevo delito se han visto en los
últimos tiempos?
Protestas en Valencia
Los estudiantes de distintos institutos de Valencia realizaron sentadas en
el centro de la capital levantina, que durante unos días coparon los titulares
por las cargas policiales recibidas. Tanto estas protestas, como cualquier tipo
de protesta que no haya sido autorizada por el gobierno y siga la misma
dinámica. Sentarse interrumpiendo el tráfico de vehículos o peatones. Será
delito.
Durante mayo de 2011 el 15M paso al panorama mediático mundial por
congregar a miles de personas, durante todos los días de la semana anterior a
las elecciones, en la puerta del sol y otras plazas. Siguiendo los supuestos
del ministro del interior, estas protestas, y cualquiera similar, pasarían a
ser ilegales.
Por último cabrá saber cómo afectará a los partidos
políticos o agrupaciones. Según lo expuesto ayer por el secretario de estado,
el partido podría ser penalizado por los actos de sus afiliados. Es decir, en
el supuesto que los un grupo de afiliados a un partido realicen una pintada de
protesta o actos similares, la ley podría cargar directamente contra la
agrupación política.
En definitiva una ley controvertida que roza la
inconstitucionalidad. Habrá que esperar a la redacción definitiva del texto
para comprobar si vulnera el derecho a la manifestación, que está recogido en
el artículo 21 de la constitución. Lo que parece claro es que la mayoría de
vías en las que el 15M, y otros colectivos, han presentado su indignación en
los últimos meses, pasarán a ser delictivas.
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